La Comisión Interamericana de Derechos Humanos –CIDH-, aceptó la demanda en contra del Estado colombiano, instaurada por las víctimas de la masacre de la vereda La Rejoya ubicada entre los municipios de Popayán y Cajibío en el Cauca, en la que fueron asesinadas 10 personas.
Según lo que se ha documentado y lo declarado por personas vinculadas a procesos judiciales, como responsables de este hecho; la masacre fue perpetrada por paramilitares del Bloque «Mártires de Ortega» y miembros de Ejército Nacional. No obstante, según las víctimas que acuden ante la CIDH «las investigaciones a nivel penal no han sido encaminadas correctamente a fin de sancionar a todos los particulares y funcionarios públicos que participaron en la masacre de La Rejoya».
Las razones que fundamentan la demanda, según las víctimas, son la participación activa de agentes del Estado (miembros del Ejército Nacional) en la masacre y la omisión de los órganos de justicia para condenarlos y ordenar acciones de reparación en favor de los afectados.
En el marco de estas investigaciones se produjo la condena de siete paramilitares, que en versiones libres en los procesos ante la jurisdicción de Justicia y Paz declararon que tuvieron apoyo de miembros del Ejército; no obstante, a la fecha no se han individualizado los integrantes de la Fuerza Pública que participaron en el crimen.
La masacre de La Rejoya generó el desplazamiento forzado de cerca de 300 familias hacia Cali, Popayán y otras regiones, provocando que el tejido social del municipio de Cajibío se desestructurara y cesara la actividad de los líderes sociales de la zona por miedo a represalias que afectaran su vida e integridad y la de sus familias.
Frente a la demanda, lo único que respondió el Estado colombiano fue que la acción se presentó «fuera de término» y «que los hechos expuestos en la petición no caracterizan violaciones a los derechos humanos». No obstante, la CIDH desestimó esos argumentos y decidió dar continuidad al trámite admitiendo la demanda.
Hace apenas un mes la CIDH condenó al Estado colombiano por considerarlo responsable de la violación de los derechos políticos del hoy senador Gustavo Petro, cuando fue destituido como Alcalde Mayor de Bogotá e inhabilitado para ejercer cargos públicos por un lapso de 15 años en el año 2013.
En esta condena la CIDH ordenó al Estado colombiano adecuar la legislación existente para evitar vulneraciones de esa índole y además ofició para que al senador se le indemnizara económicamente por los perjuicios causados «por conceptos relativos al daño inmaterial, y el reintegro de gastos y costos» que implicaron su defensa en el caso.
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