El Tribunal Especial de paz y la Justicia Especial para la Paz/JEP es un instrumento surgido como resultado de los Acuerdos de paz entre el Estado colombiano y las Farc en noviembre del año 2016.
Se trata de una herramienta de justicia transicional con su propio estatuto cuyo objetivo es contribuir a la superación del conflicto armado y la construcción de la paz mediante procedimientos alternativos a los de la justicia ordinaria. Su base primordial es el reconocimiento de los derechos de las víctimas del conflicto armado mediante la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición. Se trata de un modelo de justicia restaurativa cuyo propósito es reparar a las victimas más que aplicar una norma de castigo punitivo mediante la detención intramural.
La construcción de la JEP no ha estado excerta de dificultades dada la tenaz oposición de los artífices y ejecutores de la violencia a lo largo de casi 60 años interesados en que sus crímenes queden en la impunidad.
Desde su creación hemos estado atentos a la organización y funcionamiento de la Jep, en ese sentido elaboramos un texto de orientación pedagógica, para los integrantes de las Farc recluidos en centros penitenciarios (https://bit.ly/37yimke ).
En esta nota de varias que publicaremos, abordamos uno de los casos seleccionados por la Jep para avanzar en el cumplimiento de sus tareas y funciones. Me refiero al caso 05 que incluye las victimas de varios municipios del Norte del Cauca y del Sur del Valle, un territorio que es hoy escenario de un fenómeno muy grave de violencia contra los líderes sociales y de los derechos humanos
Mediante el Auto No. 078 de 2018 (https://bit.ly/2YDBrgA ) la JEP determino el caso 05 mediante el cual se avoca conocimiento de la situación territorial en la región del norte del Cauca, en los municipios de Santander de Quilichao, Suárez, Buenos Aires, Morales, Caloto, Corinto, Toribío y Caldono; que incluye los hechos presuntamente cometidos por miembros de las FARC-EP y de la Fuerza Pública, entre el 1 de enero de 1993 y el 1 de diciembre de 2016.
El caso 05 prioriza las violaciones a los derechos humanos y las graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario en el marco del conflicto armado interno.
Las víctimas acreditadas son 168,000.
La priorización de este caso se dio a partir de los informes presentados por la Fiscalía General de la Nación, la Organización Nacional Indígena de Colombia y el Centro Nacional de Memoria Histórica. En esos documentos, la Sala de Reconocimiento identificó hechos graves como desplazamiento forzado, secuestros, tortura, violencia sexual, muertes producto del conflicto armado, confinamiento, siembra de minas antipersonal, reclutamiento forzado, desaparición forzada, ataques a la población civil, amenazas y atentados al medio ambiente y al territorio, por parte de integrantes de las Farc- EP y de miembros de la fuerza pública entre el 1 de enero de 1993 y el 1 de diciembre de 2016.
El panorama de la violencia en esa región incluye los siguientes datos: entre 2000 y 2013, en la zona conformada por el sur del Valle del Cauca y el norte del Cauca, el conflicto armado dejó 7.582 muertos y en 2001, en municipios como Santander de Quilichao y Corinto, la tasa de homicidios fue de 100 muertes por cada 100 mil habitantes.
En el norte del Cauca y el sur del Valle han convivido históricamente pueblos especialmente vulnerables (indígenas, afrodescendientes y campesinos) a los que los actores armados violaron sus derechos humanos de forma masiva y sistemática en el periodo que estudia la Jurisdicción.
Este Macrocaso es uno de los referentes a nivel nacional al presentar logros concretos del diálogo intercultural y de la coordinación interjurisdiccional entre la JEP y la Jurisdicción Especial Indígena.
El norte del Cauca es una de las regiones que más sufrió el conflicto armado. Seis pruebas lo confirman:
Según el informe ¡Basta ya! del Centro Nacional de Memoria Histórica, es la zona con mayor cantidad de tomas y ataques guerrilleros (https://bit.ly/2MZR4tA ).
El mismo informe dice que es la tercera región en el país con mayor reclutamiento de niños y niñas.
De acuerdo con el informe “Hasta Encontrarlos. Drama de la desaparición forzada en Colombia” del Centro Nacional de Memoria Histórica (https://bit.ly/3e2SZcE ), es una de las cinco subregiones con mayor número de casos de desaparición forzada.
Es la región en la cual el Observatorio de Memoria del Conflicto ha reportado la mayor cantidad de presuntos responsables agentes del Estado de violencia sexual.
Según Acción Integral Contra Minas Antipersonal se trata de uno de los territorios con mayor cantidad de minas antipersonal sembradas.
El norte del Cauca, según el reporte de Lorenzo Morales titulado “La Paz y la Protección Ambiental en Colombia: Propuestas Para un Desarrollo Rural Sostenible”, es una de las zonas con mayor deforestación para sembrar coca.
En este Macrocaso se han acreditado 86 sujetos colectivos que reúnen a 38 pueblos indígenas, 49 consejos comunitarios y 2 organizaciones de víctimas. Estas organizaciones reúnen a más de 164.000 víctimas. También se ha acreditado al territorio ancestral y colectivo, e individualmente a 66 personas.
Entre los sujetos colectivos acreditados se encuentra el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC), la Asociación de Cabildos Indígenas del Norte del Cauca (ACIN) y la Asociación de Consejos Comunitarios del norte del Cauca (ACONC).
Se ha llamado a versión a 42 comparecientes.
El norte del Cauca fue el centro de las acciones del Bloque Occidental o Bloque Alfonso Cano de las Farc-EP y se replegaron numerosos frentes que buscaban aprovechar sus características geoestratégicas para ocultarse de la fuerza pública, lo cual afectó gravemente a la población en general.
En su análisis, la Sala de Reconocimiento de Verdad revisó el universo de hechos ocurridos en todo el territorio del departamento del Cauca.
En estos hechos se identificaron conductas especialmente graves, como desplazamiento forzado, detenciones irregulares, tortura, violencia sexual, muertes producto del conflicto armado, confinamiento, siembra de minas antipersonal, reclutamiento forzado, desaparición forzada, ataques a la población civil, amenazas y atentados al medio ambiente.
Por ejemplo, en el norte del departamento del Cauca se presentó el desplazamiento forzado de más de 120 mil personas según el Registro Único de Víctimas a 31 de diciembre de 2015. Asimismo, en el período 2000 – 2014, en la zona conformada por el sur del Valle del Cauca y el norte del Cauca, se presentaron 8.582 muertes producto del conflicto armado y en municipios como Santander de Quilichao y Corinto, en 2001, la tasa de homicidios fue de 101 muertes por cada 100 mil habitantes.
En el caso No. 005 se aplicó el enfoque territorial y étnico-racial consagrado en el Acuerdo Final, como una de las estrategias para lograr una mejor comprensión de las dinámicas regionales del conflicto y sus posibles causas y efectos, como la discriminación racial, la presencia de múltiples grupos armados, la importancia económica y estratégica de las regiones donde están asentados, en su mayoría, los pueblos étnicos. Todo ello, con miras a la rendición de cuentas, la construcción de la verdad plena, detallada y exhaustiva, la reparación de las víctimas y la reconciliación.
Este caso se suma a los otros cuatro abiertos por la JEP, el 001, sobre retención ilegal de personas por parte de la Farc-EP; el Caso 002, que prioriza la situación de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas; el Caso 003, sobre muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado; y el caso 004 que prioriza los municipios de Turbo, Apartadó, Carepa, Chigorodó, Mutatá, Dabeiba (en Antioquia) y El Carmen del Darién, Riosucio, Unguía y Acandí (Chocó).
La decisión de priorizar estos municipios del norte del Cauca se tomó de conformidad con los Criterios y Metodología de Priorización de Casos y Situaciones de la Sala: Subjetivos (vulnerabilidad de las víctimas, el impacto diferenciado en los pueblos étnicos y sus territorios, el impacto diferenciado en otros sujetos colectivos y la representatividad de los presuntos responsables) y objetivos (gravedad de los hechos; magnitud de la victimización, representatividad de los hechos).
Entre otras acciones, la Sala resolvió:
Avocar conocimiento de la situación, entre el primero de enero de 1993 y con anterioridad al primero de diciembre de 2016, en los municipios de Santander de Quilichao, Suárez, Buenos Aires, Morales, Caloto, Corinto, Toribío y Caldono, sin perjuicio de la aplicación del principio de conexidad por hechos, víctimas y presuntos responsables.
Decretar abierta la etapa de reconocimiento de verdad, de responsabilidad y de determinación de los hechos y conductas respecto a esa situación.
Proceder al acopio de información y al llamado de versiones voluntarias.
Comunicar esta decisión a la Procuraduría General de la Nación, a la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, así como a la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado.
Publicar la decisión, con fines de publicidad y participación de las víctimas y la sociedad civil, así como la promoción de la presentación de informes en el marco de la situación territorial de la región del norte del Cauca.
Como parte del Colectivo paz con justicia social del Cauca y Valle del Cauca vamos a intervenir de manera activa en este proceso que ya completa casi 20 meses de avances.